Normativa de Patinetes Eléctricos en Madrid 2026
Última actualización: 2026 | Ordenanza de Movilidad Madrid + normativa DGT
Si utilizas un patinete eléctrico en Madrid, es fundamental conocer la normativa actual para evitar multas y circular con seguridad. La regulación combina la normativa estatal de la DGT con la Ordenanza de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Madrid.
Novedades clave normativa patinetes Madrid 2026
- Velocidad máxima: 25 km/h
- Prohibido circular por aceras y zonas peatonales
- Uso individual (una persona)
- Registro e identificación del patinete (DGT)
- Seguro obligatorio en proceso de implantación 2026
- Certificado obligatorio para patinetes nuevos
Importante: Las sanciones pueden ir desde 200 € hasta 1.000 € dependiendo de la infracción.
¿Dónde puedo circular con patinete eléctrico en Madrid?
La normativa establece claramente las zonas permitidas y prohibidas:
- Carriles bici → permitido
- Calles 30 (un carril por sentido) → permitido
- Calzada urbana → permitido
- Calles de 50 km/h → prohibido
- Aceras y zonas peatonales → prohibido
- Túneles urbanos → prohibido
Si necesitas atravesar una zona peatonal, debes bajarte del patinete y continuar andando.
Seguro obligatorio y registro del patinete
En 2026, la normativa estatal introduce cambios importantes:
- Seguro obligatorio de responsabilidad civil
- Registro del patinete en la DGT
- Identificación visible del vehículo
Estas medidas buscan mejorar el control, reducir accidentes y facilitar la identificación en caso de infracción.
Aunque antes no era obligatorio en Madrid, en 2026 el seguro pasa a ser exigido a nivel nacional.
¿Es obligatorio el casco en Madrid?
El casco no es obligatorio en general para usuarios adultos en Madrid, aunque sí es recomendable.
El casco sí es obligatorio en algunos casos:
- Menores de edad
- Uso profesional (reparto)
- Situaciones específicas reguladas
Equipamiento obligatorio
- Luz delantera blanca
- Luz trasera roja
- Timbre
- Frenos en buen estado
- Elementos reflectantes
Circular sin estos elementos puede ser sancionado.
¿Dónde aparcar el patinete en Madrid?
El estacionamiento debe hacerse sin obstaculizar el paso peatonal.
Está prohibido aparcar en:
- Aceras estrechas
- Zonas de paso
- Accesos y salidas de emergencia
- Mobiliario urbano
Multas y sanciones en Madrid
| Infracción | Multa |
|---|---|
| Circular por acera | 200 € |
| Uso de móvil o auriculares | 200 € |
| Alcohol o drogas | 500 € |
| Sin seguro / identificación (2026) | Hasta 1.000 € |
Consejos clave
- No circules por aceras.
- Respeta velocidad máxima de 25 km/h.
- Usa luces siempre.
- No uses auriculares ni móvil.
- Valora contratar seguro.
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Preguntas frecuentes
¿Se puede circular por la acera en Madrid?
No, está totalmente prohibido.
¿Es obligatorio el casco en Madrid?
No, salvo en casos específicos como menores o uso profesional.
¿Es obligatorio el seguro en 2026?
Sí, con la nueva normativa estatal pasa a ser obligatorio progresivamente.
¿Dónde puedo circular?
En carriles bici y calles limitadas a 30 km/h.

